Son funciones de la Dirección de Auditoria Interna las siguientes:
a. Planificar, programar, organizar, coordinar, dirigir, ejecutar, controlar y evaluar las actividades de la Dirección.
b. Realizar las auditorias internas y/o exámenes especiales a todos los sistemas administrativos, tanto a nivel de gestión, financieros, administrativos, ambientales de ingenierías técnicas de obras, y demás que determine la Ley, en la que se incluyan comentarios, conclusiones y recomendaciones.
c. Cumplir y hacer cumplir en todos los niveles administrativos del Consejo Provincial de Manabí, las disposiciones legales, reglamentarias, políticas, normas técnicas y demás regulaciones dictadas.
d. Revisar, evaluar y velar por el fortalecimiento del sistema de control interno general y formular las recomendaciones pertinentes para mejorarlo.
e. Proporcionar la asesoría técnica, financiera, legal y administrativa que le fuere solicitada, por el Consejo Provincial de Manabí y Prefecto.
f. Vigilar que el aspecto contable se ejecute de acuerdo a las normas y procedimientos dictados por el Ministerio de Economía y Finanzas y la Contraloría General del Estado.
g. Presentar al Prefecto Provincial los informes de auditoria y exámenes especiales practicados por la Dirección de Auditoria Interna.
h. Realizar el seguimiento de cumplimiento de las recomendaciones formuladas por la Dirección de Auditoria Interna o por la Contraloría General del Estado a través de informes de auditoria o de exámenes especiales.
i. Elaborar el Plan Anual de Trabajo de la Dirección de Auditoria Interna, en coordinación con el Prefecto Provincial y la Contraloría, observando las políticas que para el efecto se formulen y remitirlo a la Contraloría General del Estado para su aprobación correspondiente hasta el mes de septiembre del año inmediato anterior a su ejecución.




